El voto por correo del 29N puede solicitarse hasta el 19 de noviembre
Correos fija el 25 de noviembre como último día para depositar el sobre, dentro del horario de cada oficina. Aceptada la solicitud, no se podrá votar en la mesa.
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Las elecciones generales del 29 de noviembre tienen dos pasos separados para votar por correo: pedir la documentación y entregar después el voto. La publicación de la guía oficial el 14 de octubre aclara un calendario ya abierto desde la convocatoria.
Quién puede usar la solicitud electrónica
La web de Correos admite a electores residentes en España y a residentes en el extranjero que estén temporalmente aquí y tengan derecho de voto. Exige DNI electrónico o certificado digital válido. No sirve para residentes en España que estén temporalmente fuera ni para residentes en el extranjero que soliciten desde su país.
Del domicilio elegido al sobre electoral
La solicitud puede hacerse también en una oficina. Debe indicar dónde recibir la documentación; Interior anuncia su envío desde el 9 de noviembre. El voto se deposita gratuitamente por correo certificado. Si otra persona lo entrega, Correos exige autorización, copia del documento del elector y documento propio del representante.
Fuentes: [1] Correos · servicio electoral para el 29N · [2] Interior · guía del voto postal del 14 de octubre

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Qué cambia al aceptarse la petición
La aceptación por la Oficina del Censo Electoral impide votar presencialmente el 29 de noviembre. Solicitar no equivale a haber depositado el voto: hay que completar ambos trámites. El Real Decreto 806/2026, publicado y vigente desde el 6 de octubre, convoca los comicios y establece la campaña del 13 al 27 de noviembre.
Fuentes: [1] Correos · servicio electoral para el 29N · [3] BOE · Real Decreto 806/2026
Separar solicitud y entrega evita que el último plazo oculte el primero
La accesibilidad del voto postal depende tanto del canal digital como de que sus pasos resulten comprensibles. Una fecha única en un cartel puede dejar fuera el trámite previo. Recordar también la consecuencia de la aceptación permite que cada elector escoja con información, sin confundir flexibilidad de domicilio con posibilidad de cambiar de modalidad al final.
Opinión de Pulso Diario · elaborada a partir de los hechos y fuentes citadosFuentes y límites de verificación
Esta pieza desarrolla la modalidad postal dentro de España; las modalidades consulares y de estancia temporal en el extranjero tienen trámites distintos. Los plazos se contrastaron con Correos y la convocatoria con el BOE.
Fuentes: [1] Correos · servicio electoral para el 29N · [2] Interior · guía del voto postal del 14 de octubre · [3] BOE · Real Decreto 806/2026
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