El TSJ valenciano reconoce el derecho del personal de la Universidad de Valencia a elegir la lengua de sus comunicaciones internas
La sentencia firme anula el inciso que preveía redactarlas exclusivamente en valenciano. Un magistrado discrepa del remedio y habría dado plazo a la universidad para adaptar su reglamento.
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El litigio se refiere a las relaciones de la institución con su propio personal. El tribunal no extiende esta decisión a todas las comunicaciones con estudiantes o ciudadanía, porque considera que esa petición rebasa el acuerdo impugnado.
Qué regla de la universidad queda anulada
La Sección Especial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estima parcialmente el recurso de varios catedráticos. Anula el inciso añadido en junio de 2023 al artículo 10 del Reglamento de Usos Lingüísticos, aprobado en 2014. El cambio establecía el valenciano como lengua exclusiva de los documentos y comunicaciones internos dirigidos al personal por su deber estatutario de conocerlo.
Fuentes: [1] Poder Judicial · sentencia sobre los usos lingüísticos de la UV
La cooficialidad y el recorrido del recurso
La sala concluye que el personal tiene derecho a recibir esas comunicaciones en la lengua cooficial elegida, castellano o valenciano, sin cargas o requisitos que limiten esa opción. Considera que el uso exclusivo previsto daba preferencia a una lengua en perjuicio de la otra. Revoca la sentencia de 2024 de la Sección Segunda del mismo tribunal y confirma la dictada inicialmente por el entonces Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Valencia.
Fuentes: [1] Poder Judicial · sentencia sobre los usos lingüísticos de la UV

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La discrepancia se centra en cómo corregir el reglamento
Uno de los cinco magistrados firma un voto particular. Habría revocado solo parcialmente la sentencia anterior y concedido un plazo para recoger el derecho a respuestas en castellano y a traducciones cuando se pidieran. Los otros cuatro consideran necesaria la anulación del inciso, al ser contrario al uso paritario de las lenguas cooficiales. La sentencia, fechada el 28 de octubre, se notificó a las partes el jueves 29 y es firme, según el comunicado del Poder Judicial publicado el viernes 30.
Fuentes: [1] Poder Judicial · sentencia sobre los usos lingüísticos de la UV
La elección lingüística en la UV debe poder ejercerse sin obstáculos
El valor práctico del fallo está en que la opción de lengua pueda utilizarse en la relación cotidiana con la universidad. La discrepancia sobre anular o dar plazo de adaptación muestra que reconocer un derecho y diseñar su remedio son cuestiones distintas. Extender el fallo a situaciones que no resuelve impediría comprender su alcance concreto.
Opinión de Pulso Diario · elaborada a partir de los hechos y fuentes citadosFuentes y límites de verificación
La síntesis utiliza el comunicado judicial íntegro. La decisión se circunscribe al acuerdo y a las personas afectadas por él; no se presenta como resolución de todos los usos lingüísticos universitarios.
Fuentes: [1] Poder Judicial · sentencia sobre los usos lingüísticos de la UV
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