La jueza eleva a 234 las víctimas mortales reconocidas en la causa por la DANA de Valencia
El auto del 30 de octubre incorpora a un vecino de Paiporta que murió el 26 de noviembre de 2024. La magistrada vincula el fallecimiento a la inundación tras valorar el informe forense y los testimonios familiares.
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Ilustración editorial original
La resolución pertenece a la investigación del desastre del 29 de octubre de 2024. El cambio en el recuento judicial no responde a una nueva inundación: reconoce dentro de esa causa una muerte ocurrida semanas después del episodio.
Qué añade el auto a la investigación
La titular de la plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja dictó el auto el viernes 30 de octubre de 2026. Incluye a un hombre de 73 años cuya vivienda en Paiporta se inundó y que falleció en el Hospital General de Valencia el 26 de noviembre de 2024. El comunicado judicial sitúa el total oficial de la causa en 234 víctimas mortales.
Fuentes: [1] Poder Judicial · comunicado del auto de Catarroja
La herida y el ingreso que describen los testimonios
Los hijos del fallecido declararon a petición de la Fiscalía que entraron 1,70 metros de agua en la vivienda y que su padre presentaba después heridas en un pie que antes no tenía. Relataron hinchazón y cambio de color en los dedos durante los días posteriores. El hombre ingresó en un centro hospitalario el 18 de noviembre, tras varios días con síntomas, y murió el día 26 después de sufrir una endocarditis infecciosa, una infección del interior del corazón, causada por la bacteria Enterococcus faecalis.
Fuentes: [1] Poder Judicial · comunicado del auto de Catarroja

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Lo que concluye la jueza y lo que limita el informe médico
El informe forense no establecía un vínculo único y directo entre la infección y los hechos del 29 de octubre. Señalaba que la herida no estaba suficientemente documentada, aunque admitía que, si existía y había contactado con superficies contaminadas, pudiera ser una puerta de entrada de la infección. La magistrada combina esa posibilidad con las declaraciones de los familiares y considera acreditada la relación causal a efectos de incorporar la muerte a la investigación. La conclusión judicial no equivale a que el informe forense sostuviera por sí solo esa certeza.
Fuentes: [1] Poder Judicial · comunicado del auto de Catarroja
El recuento judicial de la DANA exige conservar también la incertidumbre médica
Actualizar las víctimas reconocidas permite incorporar daños que no encajan en el balance inmediato de una catástrofe. En este caso, la jueza explica qué valor da a testimonios y pericia para establecer la relación. Contar esa decisión con rigor exige conservar los límites del informe forense y no presentar una conclusión judicial como un dictamen médico unánime.
Opinión de Pulso Diario · elaborada a partir de los hechos y fuentes citadosFuentes y límites de verificación
La fuente es el comunicado del Poder Judicial sobre el auto, no una comprobación clínica propia. Su encabezado usa la expresión «casi dos meses», incompatible con las fechas que detalla; aquí se mantienen las fechas explícitas de inundación y fallecimiento.
Fuentes: [1] Poder Judicial · comunicado del auto de Catarroja
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