Los partidos abren hoy el plazo para presentar sus candidaturas al Congreso y al Senado
Las listas para las elecciones del 29 de noviembre se presentan del 21 al 26 de octubre ante las juntas electorales provinciales. Su primera publicación, prevista para el día 28, precede a la revisión y proclamación definitiva.
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Ilustración editorial original
Un anuncio de partido identifica una intención política; la presentación y la proclamación convierten esa intención en una candidatura sometida a control electoral. El calendario entra este miércoles en la primera de esas fases. La distinción importa porque las listas pueden requerir correcciones antes de que se conozca qué candidaturas han quedado proclamadas.
Qué trámite comienza este miércoles
RTVE sitúa entre el 21 y el 26 de octubre el periodo de presentación de candidaturas para ambas cámaras ante las Juntas Electorales Provinciales, los órganos que supervisan el proceso en cada provincia. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece, en su artículo 45, un plazo entre los días decimoquinto y vigésimo posteriores a la convocatoria. El calendario publicado concreta esas fechas para las generales del 29 de noviembre.
Fuentes: [1] RTVE · calendario electoral actualizado el 19 de octubre · [2] BOE · Ley electoral, artículos 44 a 49
Presentar una lista no equivale a proclamarla
Las candidaturas presentadas se publicarán en el Boletín Oficial del Estado el 28 de octubre, según el calendario de RTVE. Después se abre la fase de detección y corrección de irregularidades. La ley regula la comunicación de esas deficiencias y el plazo para subsanarlas. La proclamación está prevista para el 2 de noviembre y su publicación para el día 3. Por eso la primera relación no debe leerse como una lista definitiva de participantes.
Fuentes: [1] RTVE · calendario electoral actualizado el 19 de octubre · [2] BOE · Ley electoral, artículos 44 a 49

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Qué diferencia hay con el registro de coaliciones
El plazo de comunicación de coaliciones concluyó el 16 de octubre. Es un trámite anterior para las formaciones que concurren juntas; ahora corresponde presentar a las personas candidatas. La campaña oficial, que permite pedir el voto en los términos previstos en la ley, comenzará el 13 de noviembre. Ni el cierre de acuerdos ni la inscripción de nombres adelantan por sí mismos esa fecha de campaña.
Fuentes: [1] RTVE · calendario electoral actualizado el 19 de octubre · [2] BOE · Ley electoral, artículos 44 a 49
Las listas del 29N se juzgan mejor distinguiendo el anuncio político de la candidatura proclamada
El calendario aporta una comprobación sencilla frente a las prisas por cerrar el mapa electoral: el nombre anunciado por un partido todavía debe pasar por un procedimiento común. Explicar esa secuencia reduce la confusión cuando aparecen sustituciones o correcciones y permite exigir a todas las formaciones la misma precisión.
La revisión de las listas también merece atención informativa, aunque tenga menos atractivo que las negociaciones. Permite saber qué opciones podrán elegir realmente los votantes. Publicar cada fase con su fecha evita atribuir carácter definitivo a una relación que aún puede cambiar.
Opinión de Pulso Diario · elaborada a partir de los hechos y fuentes citadosComentarios · ¿qué duda te queda?
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