El BCE permitirá dos formatos de información financiera durante la transición a IFRS 18
Las entidades significativas podrán optar por IAS 1 o IFRS 18 en sus plantillas regulatorias desde enero de 2027 hasta la aplicación de las nuevas normas técnicas. Para las menos significativas, la flexibilidad depende del supervisor nacional.
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La decisión anunciada el 15 de octubre busca evitar que los bancos mantengan dos formatos de pérdidas y ganancias durante unos meses. Se refiere al reporte al supervisor: no supone que los clientes tengan que cambiar cuentas ni contratos.
Por qué hay un periodo de transición
La norma contable IFRS 18 entra en vigor el 1 de enero de 2027. El BCE prevé que las normas técnicas de la Autoridad Bancaria Europea que adaptan el reporte se apliquen desde el periodo de referencia de septiembre de 2027. La diferencia de calendarios es el motivo de la opción temporal.
Fuentes: [1] Supervisión Bancaria del BCE · comunicado FINREP del 15 de octubre
Qué opción tendrán las entidades significativas
Durante la transición podrán mantener las plantillas regulatorias anteriores basadas en IAS 1 o utilizar voluntariamente las alineadas con IFRS 18. Para los bancos significativos dentro del ámbito de las normas técnicas, la segunda opción utiliza el paquete FINREP 4.4, fase 1. La flexibilidad alcanza también a los sujetos al reglamento FINREP del BCE, que será modificado para reflejar la nueva norma.
Fuentes: [1] Supervisión Bancaria del BCE · comunicado FINREP del 15 de octubre

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Límites y comunicación de la elección
Las entidades menos significativas solo podrán escoger si su autoridad nacional lo permite. Los supervisores nacionales recogerán la opción elegida. En los marcos simplificados, el comunicado identifica cambios para F02, F16.01, F16.03 y F16.04; el resto de las plantillas indicadas no queda afectado por esta opción.
Fuentes: [1] Supervisión Bancaria del BCE · comunicado FINREP del 15 de octubre
Simplificar el reporte sirve si conserva la comparabilidad
Evitar dos formatos simultáneos puede liberar recursos operativos sin reducir la información económica relevante. El coste potencial es que durante la transición convivan presentaciones distintas. Por eso importa conocer qué opción utiliza cada entidad y no comparar automáticamente partidas que cambian de clasificación. La medida alivia una tarea de reporte; su efecto no debe confundirse con una rebaja de los requisitos de capital.
Opinión de Pulso Diario · elaborada a partir de los hechos y fuentes citadosFuentes y límites de verificación
Se utiliza el comunicado completo del BCE, que describe la opinión de la ABE del 8 de julio. No se atribuye una consulta directa al documento de la ABE, cuyo servidor bloqueó el acceso en esta comprobación. Se conserva como previsión la aplicación de las normas técnicas en septiembre de 2027.
Fuentes: [1] Supervisión Bancaria del BCE · comunicado FINREP del 15 de octubre
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